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El Anuario Concursal constata el peso creciente de la reforma de 2022, con más procedimientos especiales, predominio de liquidaciones y un 20,7% de casos ligados a construcción.
El Anuario Concursal 2025 del Colegio de Registradores, elaborado con asesoramiento científico de la Universitat Autònoma de Barcelona, UAB, confirma la consolidación de los procedimientos especiales para microempresas introducidos por la Ley 16/2022 como vía alternativa al concurso ordinario. En 2025 se registraron 1.427 procedimientos especiales, equivalentes al 22,5% del total de la muestra analizada, en el tercer ejercicio completo de aplicación de la reforma concursal.
El informe constata además que la empresa que entra en insolvencia mantiene un perfil financiero muy tensionado. La concursada típica sigue perteneciendo al sector servicios no inmobiliarios, tiene una edad mediana de 10 años y presenta una situación patrimonial deteriorada: el 67% obtuvo resultado neto negativo, el 58,2% no generó recursos positivos para atender su deuda y el 45% llegó al procedimiento con fondos propios negativos. Solo un 10,5% tendría capacidad para cancelar sus deudas en cinco años.
La reforma concursal sigue alterando la composición de los procedimientos de insolvencia. El anuario deja de analizar los antiguos concursos consecutivos y da mayor protagonismo a los nuevos mecanismos dirigidos a microempresas. En paralelo, se aprecia una ligera mejora en la proporción de sociedades con capacidad financiera suficiente para cumplir un convenio dentro de los límites habituales de la ley: en 2025 ese porcentaje se sitúa en el 18,9%, por encima del 17,6% de 2024, el 16,5% de 2023 y el 13% de 2022.
Pese a esa evolución, el diagnóstico general sigue siendo de fragilidad estructural. Dos tercios de las sociedades que inician el procedimiento presentan pérdidas y una parte relevante ni siquiera genera caja para atender el servicio de la deuda. El retrato que deja el anuario es el de empresas que llegan al concurso con un margen de maniobra muy reducido y con pocas opciones reales de continuidad.
El peso de la liquidación continúa siendo abrumador en las fases sucesivas del procedimiento. De las 1.301 fases sucesivas iniciadas en 2025, el 94,2% fueron liquidaciones directas y un 5,8% correspondieron a liquidaciones posteriores a intentos fallidos de reestructuración. En la práctica, esto sitúa por tercer año consecutivo el peso de las liquidaciones por encima del 95% del total de fases sucesivas iniciadas.
A ello se suma el volumen de concursos sin masa, es decir, procedimientos en los que no existen recursos suficientes para atender siquiera los costes del proceso. En 2025 se contabilizaron más de 2.653 casos, una cifra similar a la de ejercicios anteriores. El informe identifica además al menos 62 concursos sin masa que acabaron abriendo fase de liquidación, lo que indica que finalmente sí aparecieron activos o recursos suficientes para sostener el procedimiento.
Uno de los datos más favorables del ejercicio aparece en la expectativa de cobro de los acreedores ordinarios. En 2025, la mediana de recuperación, suponiendo el cumplimiento íntegro de los pagos previstos, se situó en el 67,7%, claramente por encima del 56,9% de 2024, el 48,8% de 2023 y el 47,7% de 2022.
La expectativa mejora aún más en los convenios aprobados en fase común, sin apertura de fase de convenio, donde alcanza el 75%. En el 25% de los casos, la previsión de cobro supera el 90,4% de la deuda ordinaria y, en el 5% de los procedimientos, se proyecta una recuperación del 98,3%. El dato sugiere que, aunque el número de convenios sigue siendo minoritario frente a la liquidación, los casos que sí prosperan presentan mejores perspectivas de pago que en ejercicios anteriores.
La reforma también ha obligado a ajustar la lectura de los tiempos procesales. Desaparecidos los antiguos procedimientos abreviados, el anuario distingue ahora entre concursos de menor complejidad y de mayor complejidad en función de si el pasivo supera o no los 5 millones de euros. Con ese criterio, el 92,8% de los concursos menos complejos alcanza la fase sucesiva, convenio o liquidación, en un año o menos, frente al 77,8% de los procedimientos de mayor complejidad.
En términos de duración, el informe estima que un concurso liquidatorio tardó en concluir 182 días en 2025, frente a 254 días en 2024. Sin embargo, si se excluyen los concursos sin masa y los exprés, es decir, los que concluyen en el mismo acto de declaración, la duración media se eleva hasta 1.714 días, por encima incluso de los 1.646 días de 2024. La mayor parte de este tiempo sigue concentrándose en la fase de liquidación, lo que apunta a cuellos de botella que van más allá de la mera tramitación judicial.
Los concursos sin masa concluidos en 2025 tuvieron una duración mediana de 59 días, mientras que el procedimiento especial para microempresa de carácter liquidatorio se resolvió, de forma típica, en menos de cinco meses y medio, aunque con una variabilidad elevada entre expedientes.
El ciclo de la construcción vuelve a concentrar una parte relevante de la actividad concursal. En 2025, el 20,7% de las sociedades que iniciaron un procedimiento de insolvencia pertenecían a este ámbito, una proporción estable respecto a años anteriores. Dentro de ese bloque, el anuario detecta un crecimiento del 4,6% en el número de concursadas, con un repunte más intenso en las actividades inmobiliarias, que aumentaron un 13,2%.
Por sectores, el grueso de las sociedades concursadas sigue estando en servicios no inmobiliarios, con el 65,6% del total, seguido de la industria, con el 12,4%, y de agricultura y pesca, con el 1,4%. En volumen de deuda, los pasivos vinculados al ciclo de la construcción representaron el 18,3% de los aproximadamente 5.500 millones de euros afectados por procedimientos concursales en 2025.
El informe también apunta diferencias notables en viabilidad según subsector. Las sociedades de extracción de materias primas para la construcción vuelven a registrar los peores niveles: en caso de generar recursos positivos, necesitarían 41 años para atender la totalidad de sus pasivos. En el extremo opuesto se sitúan las sociedades de industrias de la construcción y las de agricultura y pesca, que requerirían 8 años. En el subsector de construcción, la sociedad típica con generación positiva de recursos tardaría 11 años en devolver toda su deuda, frente a 12 años en 2024 y 14 en 2023.
En conjunto, el Anuario Concursal 2025 confirma que la reforma de la Ley Concursal está modificando la entrada al sistema, con más peso de los procedimientos especiales para microempresas, pero no altera todavía un rasgo de fondo: la insolvencia societaria en España sigue llegando, en la mayoría de los casos, a un escenario de liquidación, con empresas muy deterioradas patrimonialmente y con escasas opciones de continuidad.